Logo

CAPULA OSVALDO ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la correcta aplicación del índice de salarios básicos y de convenios para la actualización del haber inicial, rechazando los agravios relacionados con la metodología de actualización y la constitucionalidad del art. 14, punto 2, de la Resolución SS 6/09. La sentencia también ratificó la inaplicabilidad del DNU 807/16 y la resolución ANSeS 56/2018 en el caso, en línea con precedentes de la Corte Suprema que respaldan los parámetros de actualización establecidos por la ley y la jurisprudencia. Se sostuvo que las remuneraciones se deben actualizar conforme a los precedentes “Elliff” y “Blanco”, y que la actualización del componente PBU no está limitada por la fecha de adquisición del beneficio, sino que debe hacerse sin confinarla a una fecha específica.


- Quién demanda: Osvaldo Alberto Capula

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional, actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial, declaración de inconstitucionalidad del art. 14, punto 2, de la Resolución SS 6/09, inaplicabilidad del DNU 807/16 y resolución ANSeS 56/2018, y corrección en la aplicación del componente Prestación Básica Universal (PBU).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la decisión de primera instancia que aplicó la jurisprudencia consolidada de la Corte Suprema y las resoluciones de la ANSeS en línea con estos precedentes, rechazando los agravios del organismo demandado y confirmando la actualización según el índice de la Resolución 140/95 de la ANSeS.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal remite a la doctrina establecida en “Elliff Alberto” (Fallos 332:1914) y “Blanco” (18/12/2018), que ratifican que la aplicación del índice de salarios básicos y convenios, sin limitación temporal, es la correcta. La sentencia también rechaza la aplicación del DNU 807/16 y la resolución ANSeS 56/2018, argumentando que estos no son aplicables a las condiciones del caso, ya que el beneficio fue obtenido con anterioridad a dichas normativas. Además, se afirma que del precedente “Quiroga” no surge que la actualización del PBU tenga un límite temporal, y que la declaración de inconstitucionalidad del art. 14, punto 2, de la Resolución SS 6/09, fue resuelta en autos “Parenti Graciela”. La Corte Suprema ha establecido que cuestiones relativas a la constitucionalidad de los mecanismos de actualización deben seguir la jurisprudencia consolidada, y que en este caso, la aplicación del índice de la resolución 140/95 de la ANSeS es correcta y no viola derechos constitucionales. 8. PALABRAS

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar