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GARIBALDI OSCAR ROBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSeS reclamando reajustes y la actualización de remuneraciones para el cálculo del haber previsional y la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, diferenció para ejecución el tratamiento del art. 26 de la Ley 24.241 y confirmó lo demás, impuso costas a la demandada y reguló honorarios de la representación letrada.

Anses Reajustes Haber inicial Indice resolucion 140/95 Ley 24.241 art. 26 Pbu Costas Honorarios Ley 27.423 Ejecucion


¿Quién es el actor?

Garibaldi Oscar Roberto.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos al cálculo del haber inicial previsional, actualización de las remuneraciones consideradas, aplicación de índices (Ley 27.260/Decreto 807/2016/Resolución ANSeS 56/2018), impugnación del art. 26 de la Ley 24.241, impugnación del art. 14 punto 2) de la Resolución SS 6/09, tratamiento de la Prestación Básica Universal (PBU) y cuestión del impuesto a las ganancias.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada, diferió el tratamiento del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución, confirmó lo resuelto en lo demás, impuso costas de alzada a la demandada conforme a la doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS” y reguló los honorarios de la representación letrada (30% del monto fijado en primera instancia más IVA, si corresponde). Se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En lo relativo a los agravios que giran en torno al método de actualización de las remuneraciones para la determinación del haber inicial, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Alto Tribunal de la Nación en los autos “Elliff Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” (Fallos 332: 1914) doctrina que fue ratificada en la sentencia “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” de fecha 18 de diciembre de 2018. En dichos precedentes la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la aplicación del índice de salarios básicos mas de convenio de la industria y la construcción –promedio general, personal no calificado-, utilizado por la Resolución 140/95 de la Administración Nacional de la Seguridad Social, sin limitación temporal alguna." "Conforme lo expuesto, las remuneraciones consideradas a los fines del cálculo del haber inicial deberán actualizarse en el marco de lo resuelto por la CSJN en autos “Elliff Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417, fecha a partir de la cual será aplicable el mecanismo de actualización previsto en el art. 2 de Ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del derecho." "Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión." "Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo”, Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
- Votos y disidencias: Los tres votos (Dr. Carnota, Dr. Fantini y Dra. Dorado) adhieren y conforman la resolución que figura en la Parte Resolutiva; no consta disidencia.

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