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Recurso Queja Nº 1 - s/APEL RESOL COMISION NAC DEFENSA DE LA COMPET

La Cámara Federal de Tucumán modificó la sentencia y redujo las multas impuestas a AFARTUC y CIFARSUD por prácticas colusorias en el mercado farmacéutico, considerando que los acuerdos y conductas tuvieron una antigüedad que no justifica la sanción, y que las multas deben ajustarse a parámetros legales y probatorios.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara revisó la resolución administrativa que sancionó a AFARTUC, CIFARSUD y al Colegio de Farmacéuticos de Tucumán por limitar la competencia mediante acciones restrictivas, publicidad y horarios. La decisión incluyó multas de aproximadamente $217.467 a AFARTUC y $101.117 a CIFARSUD, además de revocar responsabilidades por la prohibición de publicidad de medicamentos. La Cámara analizó la antigüedad de los acuerdos, concluyendo que las conductas no estaban vigentes en el momento de la denuncia, y que la inacción administrativa durante años invalidaba la sanción. También valoró que la normativa local y la intervención de organismos sanitarios modifican el contexto del mercado, y que las multas deben ajustarse a parámetros razonables y no ser arbitrarias. La decisión confirmó la legalidad del proceso sancionatorio, pero ajustó las multas en función de los resultados financieros y la duración real de las prácticas.

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