FERREIRA, LILIANA ESTELA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Tucumán confirmó la sentencia que ordenó a la ANSES habilitar la compra de unidades de pago de deuda previsional y otorgar la pensión directa solicitada, rechazando el recurso de apelación por improcedente y manteniendo la imposición de costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La acción fue promovida por Liliana Estela Ferreira contra la ANSES solicitando la habilitación para acceder a una pensión directa y la compra de unidades de pago de deuda previsional conforme a la Ley 27.705. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, ordenando a la ANSES que habilite la compra y otorgue la pensión, además de rechazar la excepción de prescripción y aplicar costas a la demandada. La demandada interpuso recurso de apelación, alegando que la vía judicial no estaba habilitada y cuestionando la procedencia del amparo, pero la Cámara consideró que la acción por vía de amparo era procedente dado el carácter alimentario y la vulnerabilidad de la actora, además de que no existía resolución denegatoria en el expediente administrativo. La Cámara afirmó que, en atención a los fundamentos constitucionales y a la naturaleza del derecho reclamado, correspondía tramitar la causa por la vía del amparo, y que la demandada no acreditó la falta de requisitos para acceder al beneficio. En consecuencia, se confirmó la sentencia, se rechazó el recurso de apelación y se impusieron costas a la demandada vencida.
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