G., S. E. c/ OSDE s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de La Plata revoca la sentencia de primera instancia y ordena a OSDE mantener la afiliación de la actora en el plan previo a su jubilación, garantizando cobertura y aportes, en virtud del derecho a la salud y la normativa aplicable.
¿Quién es el actor?
S. E. G.
¿A quién se demanda?
OSDE
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación y cobertura de salud en su plan previo a la jubilación.
- Decisión del tribunal: La Cámara hace lugar al recurso de apelación y revoca la fallo de primera instancia, ordenando a OSDE mantener la condición de afiliada de la actora en los términos y condiciones del plan anterior a su jubilación, incluyendo la derivación mensual de aportes al INSSJP.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostiene que la normativa que regula la salud y las obras sociales, en particular la ley 26.682 y precedentes de la Corte Suprema (Albónico), garantizan el derecho del beneficiario a conservar la afiliación en las mismas condiciones previas a la jubilación, sin obligatoriedad de traspaso automático al PAMI. La conducto de OSDE se considera arbitraria y vulnera el derecho a la salud. La jurisprudencia confirma que los jubilados tienen derecho a permanecer en su obra social de origen si así lo desean, y la normativa vigente respalda la opción de mantener la afiliación en la entidad en la que se encontraba antes de su jubilación.
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