AMARANTE, MARIO HECTOR Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL -EJERCITO ARG. s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
La Cámara Federal de Córdoba confirmó la regulación de honorarios del letrado de la parte actora y ratificó la decisión de imponer costas a la demandada, manteniendo los montos y condiciones acordados en las instancias anteriores, en línea con la Ley 27.423 y considerando la condición tributaria del profesional.
¿Quién es el actor?
Mario Héctor Amarante y otros
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército Argentino
- Objeto de la demanda: Reclamo por suplementos y adicionales en las Fuerzas Armadas y de Seguridad
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la regulación de honorarios del letrado Félix Eduardo Juárez en un 35% de lo regulado en la instancia anterior, con la adición del 21% de IVA, y mantuvo las costas a cargo de la demandada, sin modificar los montos establecidos en las etapas procesales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que la regulación de honorarios debe ajustarse a las pautas de la Ley 27.423, aplicándose al momento en que se realizaron las tareas (art. 30). La decisión refleja la condición de responsable inscripto del letrado, lo que justifica la inclusión del IVA del 21%. La sentencia también reitera la obligación del juzgado de verificar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia y la correcta integración de la misma antes de archivar. La confirmación de los montos y la ratificación de costas fueron fundamentadas en la congruencia con las instancias previas y la correcta aplicación del marco normativo.
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