NEUBERGER, ELIO ARTURO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Paraná confirmó parcialmente la resolución de primera instancia, rechazando el recurso de apelación del actor y declarando la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, en un fallo que mantiene la constitucionalidad del método de movilidad y regula los honorarios del letrado en un 30%.
¿Quién es el actor?
Elio Arturo Neuberger
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste y movilidad de sus haberes jubilatorios, incluyendo la solicitud de revisión del método de movilidad y el diferimiento del reajuste del PBU para la etapa de ejecución, además de la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación del actor, confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y reguló los honorarios del letrado en un 30%. La sentencia sostuvo que "el recurso se concede el 27/2/2025, expresa agravios el 7/3/2025 y pasa la causa para resolver el 30/4/2025". Se analizó que la apelante no presentó argumentos sólidos para justificar el diferimiento del reajuste y que el planteo sobre inconstitucionalidad del índice de movilidad fue rechazado por remisión a decisiones previas y doctrina del máximo tribunal. Se resaltó que "es deber de los jueces inferiores conformar sus decisiones a la doctrina del Tribunal Supremo". La sentencia concluyó que "las sentencias de los tribunales inferiores que se apartan de tales precedentes sin aportar nuevos argumentos carecen de fundamento".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia fundamentó que el artículo 20 de la ley 24.241 establece un método independiente de cálculo del componente en relación a la PC y la PAP; que la Corte Suprema en la causa “Quiroga” resolvió que debe dejarse a resguardo el derecho del beneficiario a reclamar su ajuste en la liquidación; que la impugnación sobre la inconstitucionalidad del índice de movilidad fue rechazada por remisión a sentencias anteriores y doctrina del Tribunal; y que la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 se basa en la jurisprudencia del máximo tribunal en la causa “Morales”.
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