PINTOS, ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Paraná confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, rechazando el recurso de la parte actora y revocando la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y la imposición de costas, dejando a resguardo el derecho a plantear la aplicación de las pautas del fallo “Villanustre” en la liquidación.
¿Quién es el actor?
Alfredo Pintos
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste y movilidad de haberes previsionales, inconstitucionalidad de leyes y decretos y cuestionamientos sobre el cálculo del haber inicial.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la legalidad del cálculo de aportes conforme a leyes 26.417, 27.426, 27.609, rechazando la inconstitucionalidad de los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018. También se revocó la imposición de costas a la parte demandada y se regularon honorarios en un 30%. Se dejó a resguardo la posibilidad de que la demandada plantee la aplicación del precedente “Villanustre” en la etapa de liquidación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia fundamenta que los planteos respecto a la inconstitucionalidad de las leyes y decretos no fueron oportunamente planteados en primera instancia, por lo que la Cámara no puede decidir sobre ellos en apelación, salvo respecto al decreto 274/2024, que aún no había sido publicado en el momento de la demanda. Además, confirma que la actualización de los aportes en relación de dependencia debe realizarse conforme a las leyes 26.417, 27.426 y 27.609, y que la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 debe mantenerse. La resolución también señala que los agravios relativos al reajuste del haber inicial y a la aplicación del precedente “Makler” son rechazados por ser conjeturales y que las costas deben distribuirse en función del resultado.
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