HERNANDEZ JUAN JULIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que desestimó la inconstitucionalidad de la ley 27.426 y confirmó los reajustes previsionales, considerando que la aplicación retroactiva de los índices no vulnera derechos constitucionales, y rechazó los agravios del actor.
La demanda fue promovida por Juan Julio Hernández contra la ANSES, reclamando la inconstitucionalidad de la aplicación retroactiva de la ley 27.426 y la actualización de su beneficio previsional. La Cámara revisó la constitucionalidad de las normativas, concluyendo que no existe afectación al derecho de propiedad ni violación de garantías constitucionales, ya que la movilidad previsional devengó en marzo de 2018, momento en el cual la ley 27.426 ya estaba vigente. La sentencia de primera instancia fue revocada en parte, confirmando la validez del régimen de movilidad y la constitucionalidad de la ley 27.426, en tanto que la retroactividad no produce un perjuicio confiscatorio. La Cámara también calificó como inadmisible la declaración de inconstitucionalidad de la resolución 56/2018 y de la ley 27.541, por no existir violación de derechos constitucionales. La decisión se fundamentó en que tanto la ley 26.417 como la ley 27.426 respetan los principios constitucionales y que la afectación al patrimonio del actor no alcanza la gravedad suficiente para invalidar las normas. La Cámara también ordenó costas por su orden y regular honorarios en el 30% de lo regulado en la instancia anterior.
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