BENITEZ CLAUDIA EDITH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando en parte la decisión, y modifica la pauta de movilidad y la aplicación de ciertos índices, en consonancia con precedentes y normativas vigentes. Además, declara la inconstitucionalidad de la Resolución 56/2018 de ANSES y establece costas por su orden.
La actora, Claudia Edith Benítez, reclama la actualización del haber previsional y la aplicación de ciertos índices de movilidad, fundando en fallos precedentes y en la ley 26.417. y normas relacionadas. La demandada, ANSES, solicita la aplicación de índices específicos y rechaza la utilización del ISBIC para calcular el haber inicial. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la mayor parte de los reclamos, incluyendo la movilidad y la actualización del haber, y dispuso la aplicación de ciertos índices, además de declarar la inconstitucionalidad de la Resolución 56/2018. La Cámara revoca parcialmente la decisión, dejando sin efecto la pauta de movilidad en el período 2002-2006, y confirma la inconstitucionalidad de la resolución administrativa, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema. Se mantiene que la modalidad de renta vitalicia no ha cambiado su carácter de beneficio de la seguridad social, sino que es una modalidad contractual suscripta con una aseguradora, y por ello no procede la redeterminación del haber inicial. La decisión también aclara que la actualización de la renta posterior a 1995 no resulta procedente en este caso, y que la aplicación de ciertos índices debe ajustarse a la normativa vigente y fallos precedentes. La tasa de interés aplicada será la pasiva promedio mensual del Banco Central, y las costas se imponen por su orden.
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