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PAGGI PASCUAL ANDRES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó los agravios relacionados con la actualización del haber previsional en un caso de reajustes diversos, manteniendo la decisión de aplicar las leyes vigentes y desestimando los precedentes invocados por la parte actora.

Recurso de apelacion Jubilaciones Reajustes previsionales Actualizacion de haberes Ley 24.241 Leyes 27.426 y 27.609 Irrazonabilidad Costas Tasas pasivas Camara federal de la seguridad social


- Quién demanda: Paggi Pascual Andrés
- A quién se demanda: ANSES
- Qué se reclama: Reajustes diversos en la jubilación, actualización de la PBU, y aplicación de ciertos precedentes judiciales.
- Qué se resolvió: La Cámara confirmó la sentencia que rechazó los agravios, manteniendo la aplicación de las leyes 27.426 y 27.609 para la actualización de las remuneraciones y el cálculo del haber previsional. Fundamentos: "El análisis del agravio relativo al art. 9 de la ley 24.463 debe diferirse para el momento en que se apruebe el cómputo definitivo en la etapa de ejecución, momento en que deberá declararse su irrazonabilidad si su aplicación genera diferencias superiores al 15% (cfr. 'Del Azar Suaya, Abraham c/ INPS'; 'Panizza, Alfredo José c/ Caja Nacional de Previsión')." "Corresponde la aplicación de la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina." "Desde la entrada en vigencia de las leyes 27.426 y 27.609, se evidencia una clara decisión legislativa en orden al índice que corresponde considerar a los fines de la actualización de los salarios computables para el cálculo de la prestación inicial." "El análisis del agravio relativo al art. 9 de la ley 24.463 debe diferirse para el momento en que se apruebe el cómputo definitivo en la etapa de ejecución..." La Cámara sostuvo que las leyes 27.426 y 27.609 establecieron claramente los parámetros para la actualización de las remuneraciones, por lo cual los precedentes "Elliff", "Blanco" y otros, deben ser rechazados, y que el momento oportuno para analizar la irrazonabilidad del art. 9 de la ley 24.463 será en la etapa de ejecución. Además, confirmó las costas en la instancia y en la alzada, y regularizó los honorarios en función del resultado.

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