ACOSTA JUAN ANTONIO c/ GCBA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala IV rechazó la apelación en la causa por daños y perjuicios contra el GCBA, confirmando la regulación de honorarios y realizando ajustes en las sumas a favor de los profesionales intervinientes, considerando la naturaleza y eficacia de sus tareas.
- Quién demanda: Juan Antonio Acosta (actor)
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de la responsabilidad del Estado en el daño sufrido por el actor
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la apelación, confirmando la regulación de honorarios y realizando ajustes en las sumas a pagar a los profesionales intervinientes, en concordancia con la importancia del asunto y la labor desarrollada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En atención a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación –por mayoría– en Fallos: 341:1063 y 345:220; ponderando lo establecido en los artículos 6º, 7°, 9º, 19, 37, 38 y ccdtes. de la ley 21.839 y artículos 16, 19, 20, 21, 29 y ccdtes. de su homónima 27.423 –resol SGA 1687/25– y habida cuenta de la naturaleza del juicio, el resultado obtenido, la trascendencia económica de la cuestión en debate, la importancia de la cuestión debatida y la calidad y eficacia de las labores desarrolladas durante la tramitación de este proceso ante primera instancia: (a) por la primera y segunda etapa del pleito, corresponde elevar en las sumas de $3.075.000 y $1.025.000, respectivamente, los honorarios regulados a favor de los doctores Diego Cesar Ballesty y Ángel Eugenio Canali; quienes ejercieron la dirección letrada de la parte actora. (b) Que, en cuanto a las tareas desarrolladas durante la tercera etapa del proceso, corresponde reducir a la suma de $2.262.517,92 –equivalentes a la cantidad de 30.42 U.M.A.–, los emolumentos del doctor Diego Cesar Ballesty; quien ejerció la dirección letrada de la parte actora. Además, se regulan en $1.867.581,36 y $358.492,32 las sumas a favor del Dr. Ballesty y Dr. Canali, respectivamente, y en $1.230.000 para cada uno de los peritos. Se deja constancia que las regulaciones no incluyen IVA."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: