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VITERRA ARGENTINA SA (TF 28007289-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revoca la sentencia de primera instancia y declara la inconstitucionalidad del decreto 1719/12, ordenando la repetición del monto en exceso abonado por la actora, más intereses, en virtud de la invalidez constitucional del decreto y la doctrina establecida en precedentes.

Tasas de interes Inconstitucionalidad Repeticion Recurso directo Derechos de exportacion Tribunal fiscal Recursos aduaneros Doctrina legal Decreto 1719/12 Argentina.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora Viterra Argentina SA interpuso recurso directo contra la resolución del Tribunal Fiscal de la Nación que negó la devolución de $3.629.434,37, monto abonado en exceso en concepto de derechos de exportación.
- La Cámara confirmó que la resolución del Tribunal Fiscal se basó en la doctrina del acuerdo plenario del 26/4/22 en la causa “Petroquímica Comodoro Rivadavia SA”, que sostiene que el Tribunal Fiscal no puede declarar la inconstitucionalidad de una ley en un caso concreto y que el Poder Ejecutivo puede establecer derechos de exportación conforme al artículo 755 del Código Aduanero.
- La Cámara consideró que en el presente caso, la normativa aplicable (decreto 1719/12) es inconstitucional por infringir el principio de legalidad en materia tributaria, y que la validez del decreto debe ser revisada en línea con el precedente “Camaronera Patagónica SA”, que reconoce la competencia del Tribunal Fiscal para pronunciarse sobre la invalidez constitucional de normas.
- La Cámara revoca la resolución del Tribunal Fiscal, declara la inconstitucionalidad del derecho de exportación establecido en el decreto 1719/12, y ordena la repetición de la diferencia abonada, más intereses, desde el reclamo hasta el pago efectivo, aplicando la tasa pasiva promedio publicada por el Banco Central.
- Además, se imponen las costas a la parte demandada, por no advertirse motivos de dispensa. Fundamentos principales: "Se deja constancia que en la causa 41274/23, 'Molinos Río de la Plata SA (TF 39038-A) c/ DGA', se ha admitido la invalidez constitucional del decreto 1719/12, y en la causa 41273/23, 'Molinos Río de la Plata SA (TF 38343-A) c/ DGA', se ha ratificado esa postura. En virtud de ello, corresponde admitir los agravios de la parte actora, revocar la resolución apelada, y declarar la inconstitucionalidad del derecho de exportación establecido en el decreto 1719/12."

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