FRANCONI, ORLANDO JOSE MARIA c/ EN-ARCA-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la declaración de inconstitucionalidad de artículos de la ley 20.628 y ordenó el cese de las retenciones y el reintegro de sumas retenidas en concepto de ganancias desde cinco años anteriores a la demanda. La decisión se basa en la vulnerabilidad de los jubilados y en precedentes de la Corte Suprema.
- Quién demanda: Orlando José María Franconi
¿A quién se demanda?
la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
la inconstitucionalidad de artículos de la ley 20.628 y el reintegro de las sumas retenidas en concepto de ganancias
¿Qué se resolvió?
se hace lugar a la demanda, se declara la inconstitucionalidad de los artículos 23 inciso c); 79 inciso c); 81 y 90 de la ley 20.628, y se ordena el cese de las retenciones y el reintegro de las sumas retenidas desde cinco años anteriores a la demanda, con intereses y ajustes según normativa vigente
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia se fundamenta en que la Corte Suprema, en el precedente "García, María Isabel", estableció que la imposición del impuesto a las ganancias sobre jubilados en condiciones de vulnerabilidad vulnera derechos constitucionales, y que la aplicación del tributo debe ser revisada por el Congreso para adoptar un tratamiento diferenciado. La Sala reafirma que la normativa impugnada, pese a las modificaciones posteriores, continúa sin atender a la vulnerabilidad de los jubilados y pensionados, y que la declaración de inconstitucionalidad es procedente. Además, destaca que la acción declarativa es adecuada para estos casos y que el plazo de prescripción para la devolución es de cinco años desde la interposición de la demanda. Finalmente, ordena el pago de intereses según las tasas aplicables y confirma la decisión de primera instancia.
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