REYES, MARIA DEL CARMEN c/ ANSES s/PENSIONES
La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia que reconoció el derecho a pensión por fallecimiento del cónyuge, rechazando el recurso de ANSeS, y sostuvo que la existencia de matrimonio civil y la falta de prueba de culpabilidad en la separación justifican la concesión de la pensión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, María del Carmen Reyes, demanda el reconocimiento del derecho a pensión derivada por el fallecimiento de su esposo, José Alberto Chihan.
- La demandada, ANSeS, apela la decisión, alegando que no acreditó la convivencia ni la dependencia mutua al momento del fallecimiento.
- La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, ordenando el otorgamiento de la pensión y el pago de diferencias retroactivas, fundamentando que existía matrimonio civil y no se probó culpabilidad en la separación.
- La Cámara analiza que la constancia de convivencia no es condición excluyente y que la separación de hecho no implica automáticamente la extinción del beneficio si no se prueba culpa.
- La jurisprudencia citada sostiene que la separación de hecho, por sí sola, no perjudica el derecho a pensión, salvo que haya culpa acreditada.
- La Cámara ratifica la sentencia de primera instancia, rechazando el recurso de ANSeS y confirmando el derecho de la actora a la pensión.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: