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GROSSI, JOSE EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Mendoza modificó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de la Ley N°27.609 y ordenando el reajuste de haberes previsionales conforme a la ley y el Decreto 274/2024, garantizando mayor valor a la movilidad y protección del derecho a la propiedad de los jubilados.

Inconstitucionalidad Ipc Inflacion Constitucionalidad Derechos sociales Reajuste jubilatorio Movilidad previsional Ley 27.609 Anses. Proteccion del derecho de propiedad

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, José Eduardo Grossi, demanda la revisión de su haber jubilatorio y cuestiona la fórmula de movilidad establecida en la Ley N°27.609, por considerarla insuficiente y regresiva.
- La ANSES apela la decisión, solicitando que se confirme la aplicación de la fórmula de esa ley y la exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos.
- La Cámara analiza la constitucionalidad de la ley y su impacto en la protección del estándar de vida de los jubilados, concluyendo que la fórmula es inconstitucional por no garantizar la movilidad y el valor adquisitivo adecuados, en un contexto de alta inflación.
- El tribunal declara la inconstitucionalidad del artículo 1° de la ley N°27.609, y ordena a la ANSES que reajuste los haberes conforme al IPC, tomando el valor mayor entre la fórmula legal y el índice de precios, respetando el derecho a la movilidad y la protección del derecho de propiedad.
- También declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y impone costas a la demandada vencida.
- La sentencia refuerza la protección constitucional del derecho a la movilidad previsional, considerando la realidad inflacionaria y la vulnerabilidad de los jubilados.

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