.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires declara inadmisible la queja por incumplimiento formal y regula la inoficiosidad de la labor profesional. La resolución fundamenta que la queja no cumple requisitos de autosuficiencia, impidiendo su análisis.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensora particular de Paulo Walter Ariel Roldán interpuso una queja contra una resolución de la Cámara de Apelación y Garantías del Departamento Judicial San Martín, que rechazó un recurso de casación. La queja fue considerada inadmisible porque no acompañó las copias requeridas por la normativa procesal, infringiendo el artículo 433 del CPP. Los jueces Natiello y Kohan coincidieron en que la presentación carecía de los requisitos formales necesarios, en particular la autosuficiencia y la documentación pertinente. La decisión también declaró la inoficiosidad de la labor profesional de la letrada en términos regulatorios, y dejó constancia de la reserva del caso federal, conforme a la ley 48. La resolución destaca que "el artículo 433 del Código Procesal Penal impone que la queja contenga requisitos mínimos de autosuficiencia, lo cual resulta ser una carga del impugnante, y un presupuesto necesario para que este órgano jurisdiccional se aboque al estudio de la cuestión fundal planteada en la misma". Además, se menciona que "la omisión en acompañar las piezas requeridas por el código de procederes impide el estudio de la queja presentada". La decisión fue unánime en rechazar la queja por formalismos, sin entrar en el fondo del planteo.
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