.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensora de Adriana Noemí Alcaraz, confirmando la condena a cuatro años de prisión y multa por tenencia de estupefacientes, argumentando la legalidad del método de actualización de la multa y la validez del acuerdo de juicio abreviado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensora oficial, Dra. Fabiana Ripani, interpuso recurso de casación contra la sentencia que confirmó la condena de su asistida a 4 años de prisión y multa de 45 unidades fijas por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La recurrente alegó que el monto de la multa, calculado con base en el valor de unidades fijas al momento de la sentencia, contraviene el principio de legalidad y el derecho a la certeza, ya que la ley 27.302 estableció que dichas unidades equivalen al valor de un formulario en el Registro Nacional de Precursores Químicos, valor que depende de un organismo administrativo sin control judicial. La Cámara sostuvo que la técnica legislativa utilizada, que remite a un valor actualizado por un organismo dependiente del Ministerio de Seguridad, es constitucional y adecuada para evitar la desactualización de las penas en un contexto inflacionario. Además, confirmó que la actualización del valor de la unidad fija en la fecha de ejecución de la sentencia respeta los principios constitucionales y convencionales, y que no existe vulneración del principio de legalidad ni del derecho a la certeza. La Cámara también rechazó la alegación de imposibilidad de pago de la multa, considerando que será materia de ejecución y que la misma se ajusta a la normativa vigente. La sentencia concluyó confirmando la condena y rechazando el recurso de casación por improcedente.
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