.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó por improcedente el recurso de casación presentado por la defensa de Alexis Ojeda contra la sentencia que lo condenó por amenazas agravadas. La decisión se fundamenta en la valoración integral de las pruebas y la adecuación del tipo penal aplicado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal en lo Criminal N° 6 de San Isidro condenó a Alexis Ojeda a 3 años de prisión por amenazas agravadas, tras un hecho ocurrido el 6 de enero de 2022 en el local "Napoleón". La sentencia se basó en declaraciones testimoniales, videos y el análisis de la mecánica del hecho, concluyendo que Ojeda profirió amenazas en el contexto de una pelea grupal, con movimientos corporales y frases amenazantes, como "¿querés que te lo mate, querés que le demos otra?". La defensa cuestionó que las expresiones no configuraran amenaza en los términos del art. 149 bis del CP, alegando que no se demostraron requisitos como seriedad, gravedad, injusticia o la existencia de alarma o temor. La Cámara analizó las constancias probatorias, especialmente las grabaciones, y concluyó que las frases y movimientos corporales de Ojeda, en el contexto de la pelea, constituyen amenazas que generan peligro y alarma, justificando la calificación legal. El recurso fue declarado inadmisible, confirmando la sentencia condenatoria y rechazando la queja.
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