SILVEIRA, DELIA IRMA Y OTROS C/ TORRES, JUAN S/DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que ordenaba el desalojo por vencimiento de contrato, rechazando la defensa basada en la posesión y la existencia de un contrato de comodato, y reafirmando la validez de la acción de desalojo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Delia Irma Silveira y otros, demanda a Juan Torres por desalojo por vencimiento de contrato, solicitando que sea ordenado el desalojo del inmueble ubicado en Roque Pérez, tras la ocupación sin título suficiente. La sentencia de grado hizo lugar a la demanda, condenando a los ocupantes a desalojar en diez días, rechazando las defensas de poseedores y de existencia de contrato de comodato. La demandada interpuso recurso de apelación alegando que se equivocó en la valoración de la prueba y en la calificación de su carácter de poseedores, sosteniendo que habrían realizado tareas de cuidado y mantenimiento en el inmueble desde hace más de veinte años, con autorización de la actora. La Cámara confirma la sentencia, considerando que la prueba testimonial y documental acreditan la condición de tenedores precarios y que la ocupación fue en carácter de cuidadores, no de dueños. La prueba caligráfica no fue necesaria por la falta de colaboración de la demandada, y no se acreditó la existencia de acto que demostrara posesión con ánimo de dueño. La Cámara destaca que la ocupación en carácter de cuidador, con ingreso a través de permiso o autorización, no configura posesión con ánimo de dueño ni interversión del título suficiente para impedir la acción de desalojo. Se rechazan los agravios relacionados con la prueba y la calificación de la posesión.
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