M. B., M. N. S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS POR EL VÍNCULO Y POR TRATARSE LA VÍCTIMA DE UNA MUJER; Y COACCIÓN AGRAVADA POR EL USO DE ARMA, EN CONCURSO REAL DE DELITOS, CONFORME ART. 89, 92, 80 INC. 1 Y 11; 149 TER INC. 1, Y 55 DEL CÓDIG PENAL- (PP N°02-00-025757-24/00 Y 02-00-025618-24/00)
La Cámara de Apelaciones en lo Penal en Bahía Blanca confirma la condena a M. N. M. B. por violencia de género, lesiones leves y coacción, rechazando los agravios del defensor y sosteniendo la suficiencia probatoria del fallo de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sala revisa la sentencia que condenó a M. N. M. B. por delitos de lesiones leves agravadas, coacción con arma y desobediencia, en perjuicio de D. N. A., cometidos en noviembre y marzo de 2024 en Bahía Blanca. La condena se fundamentó en la declaración de la víctima, informes médicos, testimonios y constancias policiales, que acreditaron la materialidad ilícita y la participación del imputado. El defensor particular interpuso recurso de apelación cuestionando la credibilidad de la víctima, la valoración de las pruebas y la existencia de contradicciones, alegando además que no se acreditaron las lesiones y que la declaración de la víctima sería mendaz. La Cámara analizó en detalle los elementos probatorios, destacando que la valoración de la prueba se ajustó a las reglas de la sana crítica y que la declaración de la víctima fue coherente y consistente con el resto del material probatorio, en especial en el contexto de violencia de género y ciclo de violencia. La Sala concluye que la sentencia de primera instancia cuenta con suficiente respaldo probatorio para confirmar la responsabilidad del condenado, rechazando los agravios y confirmando la condena a tres años de prisión efectiva.
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