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SSK C/ CEJ S/ MDDAS CAUT.

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Morón confirmó la admisión del recurso de apelación presentado por la parte actora y ordenó remitir las actuaciones a la instancia de origen para que la jueza de primera instancia se expida sobre la anotación de litis solicitada, sin costas por la ausencia de contradicción. La resolución se fundamentó en la importancia de respetar la doble instancia en materia cautelar y en la necesidad de preservar derechos de las partes.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, SSK, apela la resolución de la jueza de primera instancia que resolvió acerca de la petición cautelar. La sentencia de la Cámara sostiene que la petición inicial fue una anotación de litis y que el juzgado no resolvió dicha petición, por lo que corresponde remitir el expediente a la instancia originaria para que la jueza de primera instancia se expida sobre la misma. La Cámara argumenta que en materia cautelar la doble instancia es un principio fundamental, citando la CSJN en el fallo "The Coca Cola Company y otros s/ medidas cautelares", y que la omisión en resolver la pedido de anotación de litis constituye una omisión que debe ser subsanada por la instancia de origen. La Cámara también destaca que el embargo ya admitido no puede ser modificado por esta instancia, dado que no existen recursos contra él. La resolución final admite el recurso y ordena remitir el expediente a la instancia de origen para que la jueza de primera instancia se expida, sin costas por la falta de contradicción.

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