CRISTOBAL GUSTAVO ALEJANDRO C/ MICRO OMNIBUS QUILMES S.A.C.I.F., Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El tribunal desestimó las apelaciones presentadas por las partes, dando por concluida la segunda instancia tras el desistimiento de los recursos, y dispuso el cierre del proceso. La decisión se fundamenta en la aceptación del desistimiento y la falta de recursos pendientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Cristobal Gustavo Alejandro, promovió una demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico contra Micro Ómnibus Quilmes S.A.C.I.F. y otro demandado. La sentencia de primera instancia resolvió en su favor, pero las partes interpusieron recursos de apelación. La Cámara, tras analizar las presentaciones electrónicas, consideró que las apelaciones habían sido desistidas y que no quedaban recursos pendientes de tratamiento. Por ello, declaró concluida la actuación en segunda instancia y resolvió no hacer lugar a los recursos, confirmando el cierre del proceso. La fundamentación principal se centró en que, con la presentación de la declaración de desistimiento, “no quedando recursos pendientes de tratamiento por este Tribunal ad-quem, se da por concluida la actuación en segunda instancia, lo que así se resuelve”. Además, se notificó la resolución por medios electrónicos, cumpliendo las formalidades del sistema de notificaciones electrónicas.
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