VALDEZ JOSE ALBERTO C/ CLAY LOGISTICA S.A. y otros S/ DESPIDO
Tribunal del Trabajo Nº 6 de Avellaneda Lanús declara la caducidad de instancia por inactividad procesal superior a seis meses, resolviendo además costas a la actora y regulación de honorarios del letrado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por VALDEZ JOSE ALBERTO contra CLAY LOGISTICA S.A. y otros por despido. La sentencia analiza la procedencia de la caducidad de instancia debido a la inactividad procesal superior a seis meses, sin que se haya impulsado el trámite tras la intimación realizada el 9/8/22. Los jueces concluyen que, conforme al art. 11 ley 15.057, corresponde declarar la caducidad de la instancia, y además, distribuyen las costas a cargo de la actora y regulan honorarios. Los fundamentos principales expresan: "Transcurridos más de seis meses de inactividad sin que se hubiera instado el curso del proceso este Tribunal, intimó a las partes a producir actividad procesal útil bajo apercibimiento de declarar operada la caducidad de instancia, intimación notificada con fecha 9/8/22 sin que, transcurridos los plazos de ley se impulsara nuevamente el trámite." Asimismo, consideran que la inacción de la parte actora justifica la declaración de caducidad, y que las costas deben imponerse en su contra. Disidencias no relevantes.
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