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VALDEZ JOSE ALBERTO C/ CLAY LOGISTICA S.A. y otros S/ DESPIDO

Tribunal del Trabajo Nº 6 de Avellaneda Lanús declara la caducidad de instancia por inactividad procesal superior a seis meses, resolviendo además costas a la actora y regulación de honorarios del letrado.

Honorarios Costas procesales Caducidad de instancia Inactividad procesal Tramite procesal Declaracion de caducidad Ley 15.057 Tribunal laboral Avellaneda lanus

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa fue promovida por VALDEZ JOSE ALBERTO contra CLAY LOGISTICA S.A. y otros por despido. La sentencia analiza la procedencia de la caducidad de instancia debido a la inactividad procesal superior a seis meses, sin que se haya impulsado el trámite tras la intimación realizada el 9/8/22. Los jueces concluyen que, conforme al art. 11 ley 15.057, corresponde declarar la caducidad de la instancia, y además, distribuyen las costas a cargo de la actora y regulan honorarios. Los fundamentos principales expresan: "Transcurridos más de seis meses de inactividad sin que se hubiera instado el curso del proceso este Tribunal, intimó a las partes a producir actividad procesal útil bajo apercibimiento de declarar operada la caducidad de instancia, intimación notificada con fecha 9/8/22 sin que, transcurridos los plazos de ley se impulsara nuevamente el trámite." Asimismo, consideran que la inacción de la parte actora justifica la declaración de caducidad, y que las costas deben imponerse en su contra. Disidencias no relevantes.

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