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MAZZETTI ALBERTO GERMÁN C/ MANUEL RODRIGUEZ RIVERO S.R.L S/ ACCIDENTE DE TRABAJO E INCONSTITUCIONALIDAD LEY 24557

El tribunal declaró la caducidad de instancia por inacción procesal tras más de seis meses de inactividad en el expediente. La decisión se fundamenta en el art. 11 ley 15.057, considerando que no se impulsó el trámite tras la intimación del 14/4/23, en línea con la jurisprudencia aplicable.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor MAZZETTI ALBERTO GERMÁN demanda a MANUEL RODRIGUEZ RIVERO S.R.L., en un proceso por accidente de trabajo e inconstitucionalidad de la ley 24.557. La Cámara, tras analizar la inacción prolongada, declaró la caducidad de la instancia por haber transcurrido más de seis meses sin que las partes impulsaran el trámite procesal. La decisión se fundamenta en el artículo 11 de la ley 15.057, que establece la caducidad en casos de inactividad. Además, el tribunal dispuso las costas a cargo de la actora y reguló los honorarios profesionales y del perito médico, incluyendo aportes y IVA. Los fundamentos principales expresaron: "Transcurridos más de seis meses de inactividad sin que se hubiera instado el curso del proceso este Tribunal [...] corresponde declarar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (conf. L 118.247 SCBA)." La sentencia refleja la importancia de la celeridad y el cumplimiento de los plazos procesales, resaltando que "la intimación con apercibimiento de caducidad" fue notificada en tiempo y que, transcurrido el plazo legal, no hubo impulso. No se registran votos disidentes, y la decisión fue unánime en el sentido de declarar la caducidad de la instancia.

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