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CURIN FRANCISCO NAHUEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

La sentencia de primera instancia declara procedente la acción de revisión por incapacidad laboral y condena a la aseguradora a pagar una indemnización de aproximadamente 4.817.113,48 pesos, considerando la incapacidad física parcial permanente del 3,54% en el marco de la Ley 24.557. La resolución también establece intereses por mora y costas a cargo de la demandada, rechazando los planteos de inconstitucionalidad y señalando la validez del trámite administrativo previo y obligatorio. La decisión se fundamenta en la pericia médica que determinó la incapacidad y en la normativa aplicable, confirmando la procedencia de la acción y la cuantificación de la indemnización.

Recurso de apelacion Indemnizacion Pericia medica Incapacidad laboral Responsabilidad Accidente in itinere Art Jurisdiccion laboral Ley 24.557 Accion de revision

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia fue dictada en la causa promovida por Francisco Nahuel Curin, en representación del cual actúa la Dra. Myrian Edith Barbato, contra la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. La acción de revisión se funda en que el actor sufrió un accidente in itinere el 26/10/2022, cuando en su desplazamiento hacia el trabajo en moto, sufrió una caída que le produjo politraumatismos, en particular en la rodilla izquierda. La ART aceptó la cobertura del siniestro y brindó prestaciones sin incapacidad, sin embargo, la pericia médica posterior determinó una incapacidad del 3,54% que fue considerada suficiente para justificar la procedencia de la acción. La sentencia destaca que la incapacidad fue debidamente acreditada mediante la pericia que no fue impugnada por las partes y que se ajusta a la normativa vigente, incluyendo la aplicación del artículo 14 de la Ley 24.557 y el informe de remuneraciones. El tribunal resalta que la contingencia fue considerada como accidente in itinere y que la liquidación de la indemnización se realizó conforme a la fórmula legal, siendo responsable la aseguradora de pagar la suma de 4.817.113,48 pesos. Además, rechaza los planteos de inconstitucionalidad y las resoluciones de la SRT que resultan más gravosas para el trabajador, confirmando que la acción de revisión debe prosperar. La sentencia también establece intereses moratorios y costas a cargo de la aseguradora y difiere la regulación de honorarios. La decisión se fundamenta en la evidencia pericial, la normativa aplicable y en la correcta tramitación administrativa previa, confirmando la procedencia de la demanda y la cuantía de la indemnización.

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