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HERRERA FLORENCIA C/ MALDONADO BRUNO MARTIN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara Civil y Comercial de San Nicolás condenó a los demandados por daños y perjuicios derivados de un siniestro vial. La sentencia fundamenta la responsabilidad objetiva del demandado y establece la indemnización de $120.558.189, más intereses, por lesiones y daños materiales.


- Quién demanda: Florencia Herrera

¿A quién se demanda?

Bruno Martín Maldonado y Aseguradora Federal Argentina S.A. (en liquidación)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por accidente vial, incluyendo incapacidad, daños materiales, daño moral, gastos médicos, asistencia psicológica y otros rubros.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, condenando a los demandados a pagar a la actora la suma de $120.558.189, más intereses, en el plazo de 10 días. La sentencia fundamenta que la responsabilidad del demandado es objetiva, basada en la normativa vigente del Código Civil y Comercial, y en las pruebas producidas, incluyendo informes periciales concluyentes que acreditan las lesiones y daños. La responsabilidad se atribuye por la mecánica del accidente, daños en la motocicleta, lesiones severas y secuelas que afectan la vida de la actora. Se rechazan alegatos de culpa de la víctima y la defensa por incumplimiento de prueba. La sentencia también desestima reclamos por lucro cesante, privación de uso y desvalorización por falta de prueba suficiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El accidente ocurrió el 30 de agosto de 2015, a las 17 horas aproximadamente, en circunstancias en que el vehículo conducido por el demandado giró abruptamente sin señalización previa ni reducción de velocidad, cerrándole el paso a la motocicleta de la actora, lo que fue corroborado por peritos mecánicos y accidentológicos. La responsabilidad del demandado surge por la responsabilidad objetiva prevista en los arts. 1769 y 1758 del CCCN, puesto que el demandado era dueño y conductor del vehículo en el momento del siniestro. La prueba testimonial de los testigos Iranzos y Gómez ha sido desestimada por su falta de verosimilitud, en tanto que las pruebas periciales señalan claramente la maniobra del vehículo del demandado como causa del accidente. La normativa de tránsito vigente en la fecha también establece infracciones por parte del demandado, como la maniobra sin señalización, que agravaron su responsabilidad. La evaluación de las lesiones, daños y secuelas acreditadas por la pericia médica y psicológica justifican la suma indemnizatoria de $120.558.189, más intereses desde el 30/8/2015, en atención a la gravedad de las lesiones y las secuelas permanentes. La responsabilidad se atribuye de forma solidaria a los demandados, y las costas del proceso

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