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ROSSI JULIO CESAR C/ GONZALEZ ERICA ELIANA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara Civil de San Nicolás rechazó la demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito, confirmando la responsabilidad del actor y eximiendo a los demandados, basándose en la prioridad de paso y la conducta culposa del actor, con costas a su cargo.

Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Prioridad de paso Eximente Responsabilidad por riesgo Culpa del actor Accidente transito Sentencia definitiva. Ley 24.449 Responsabilidad del dueno y guardian

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor Julio César Rossi demandó a Erica Eliana González y Marcelo Fabián Castelli por daños derivados de un accidente ocurrido el 3 de agosto de 2022, en el que fue embestido por el vehículo conducido por González. La aseguradora Triunfo Cooperativa de Seguros contestó en garantía, negando responsabilidad y argumentando que la culpa fue del actor por violar la prioridad de paso. La sentencia destaca que las partes coincidieron en los hechos básicos, pero que la responsabilidad recae en la culpa del actor por no reducir la velocidad y violar la prioridad de paso, en línea con las normas de tránsito aplicables (arts. 41, 57 y 64 de la ley 24.449). La pericia mecánica ratificó que González circulaba con prioridad y que Rossi no cumplió con la regla de ceder el paso, por lo que la responsabilidad del accidente es exclusiva del actor. La Corte fundamenta que la responsabilidad en accidentes de tránsito es objetiva, y que la conducta culposa del actor fue la causa principal del siniestro. En consecuencia, se rechaza la demanda y se imponen costas a la parte actora.

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