GAUNA, DORA ANTONIA c/ S.P.F. s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
La Cámara Federal de Resistencia modificó la decisión de primera instancia y estableció que los intereses de los retroactivos impagos deberán abonarse conforme a la tasa pasiva promedio que publica mensualmente el Banco Central de la República Argentina.
La sentencia de primera instancia, dictada por la jueza Rocío Alcalá, hizo lugar parcialmente a la acción de Dora Antonia Gauna contra el Estado Nacional – Servicio Penitenciario Federal, ordenando liquidar haberes aplicando los porcentajes previos a los decretos 586/19 y 607/19, abonando diferencias y retroactivos con intereses según tasa pasiva del Banco de la Nación. La actora y el SP Federa l interpusieron recursos de apelación, los cuales fueron concedidos con efecto suspensivo. La Cámara modificó la tasa de interés aplicada, estableciendo que deben pagarse conforme a la tasa pasiva del Banco Central, y rechazó los agravios del Servicio Penitenciario Federal, confirmando que la modificación del porcentaje del SAS altera la equiparación salarial y demuestra perjuicio económico a la actora. La Cámara también confirmó las costas a la demandada vencida y dispuso que los aportes previsionales se realicen sobre diferencias devengadas. Los jueces Rocío Alcalá y Patricia B. García coincidieron en que la sentencia de primera instancia debía ser modificada en el sentido mencionado. La mayoría resolvió en este sentido, adhiriendo a los fundamentos de la jueza preopinante.
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