GAUNA, DORA ANTONIA c/ S.P.F. s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
La Cámara Federal de Resistencia modificó la decisión de primera instancia y estableció que los intereses de los retroactivos impagos deberán abonarse conforme a la tasa pasiva promedio que publica mensualmente el Banco Central de la República Argentina.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia de primera instancia, dictada por la jueza Rocío Alcalá, hizo lugar parcialmente a la acción de Dora Antonia Gauna contra el Estado Nacional – Servicio Penitenciario Federal, ordenando liquidar haberes aplicando los porcentajes previos a los decretos 586/19 y 607/19, abonando diferencias y retroactivos con intereses según tasa pasiva del Banco de la Nación. La actora y el SP Federa l interpusieron recursos de apelación, los cuales fueron concedidos con efecto suspensivo. La Cámara modificó la tasa de interés aplicada, estableciendo que deben pagarse conforme a la tasa pasiva del Banco Central, y rechazó los agravios del Servicio Penitenciario Federal, confirmando que la modificación del porcentaje del SAS altera la equiparación salarial y demuestra perjuicio económico a la actora. La Cámara también confirmó las costas a la demandada vencida y dispuso que los aportes previsionales se realicen sobre diferencias devengadas. Los jueces Rocío Alcalá y Patricia B. García coincidieron en que la sentencia de primera instancia debía ser modificada en el sentido mencionado. La mayoría resolvió en este sentido, adhiriendo a los fundamentos de la jueza preopinante.
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