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BALLEJO, DARIO RAMON EN REP. DE SU HIJA c/ OSUTHGRA s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que ordenó a OSUTHGRA brindar cobertura total e integral para prestaciones relacionadas con la discapacidad de una menor, rechazando los agravios de la obra social y manteniendo los valores y condiciones establecidas por la jueza de primera instancia.

Amparo ley 16.986 Discapacidad Cobertura integral Acompanante terapeutico Transporte Prestaciones medicas Obra social Fallo judicial Proteccion de derechos de discapacidad Recursos judiciales.


- Quién demanda: Darío Ramón Ballejo en representación de su hija menor con discapacidad, A.B.
- A quién se demanda: OSUTHGRA, Obra Social de la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina.
- Qué se reclama: Cobertura total, integral y gratuita de acompañante terapéutico, transporte, terapias y prestaciones relacionadas, en cumplimiento con diagnóstico y plan de tratamiento.
- Qué se resolvió: La Cámara confirmó la sentencia que ordenó a la obra social brindar las prestaciones reclamadas sin límite temporal, impuso costas a la parte demandada y reguló honorarios. Fundamentos: La sentencia de primera instancia fue adecuada y fundada en la acreditación de la discapacidad y la necesidad de las prestaciones. La obra social sólo cuestionó los valores, no la cantidad ni la obligación de cubrir. La Cámara remite a precedentes, especialmente “BERGARA, LUCIANA EN REPRESENTACIÓN CONTRA OBRA SOCIAL DE PETROLEROS SOBRE AMPARO LEY 16.986”, y concluye que la orden de cobertura debe mantenerse, en coherencia con la ley 24.901 y el nomenclador nacional. La apelación de la obra social fue parcialmente desestimada, confirmándose la obligación de cobertura total.

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