BULLON, CARMEN EMILCE c/ SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICIENCIA EN BS AS s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de La Plata confirmó la decisión de primera instancia y ordenó a la obra social garantizar la cobertura del 100% de asistencia domiciliaria las 24 horas, los 7 días de la semana, en favor de la señora Bullon, ante su estado de vulnerabilidad y necesidades médicas.
- Quién demanda: Analía Patricia Canosa en representación de su madre, Carmen Emilce Bullon
- A quién se demanda: Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires
- Hospital Italiano
- Qué se reclama: Garantía de cobertura del 100% en asistencia domiciliaria las 24 horas, los 7 días, sin límites, en cumplimiento de la Ley 24901 y normativa relacionada.
- Qué se resolvió: La Cámara hizo lugar al recurso de apelación y ordenó la prestación integral de asistencia domiciliaria, en el marco de la normativa vigente y considerando el estado de salud y dependencia de la beneficiaria. La sentencia de primera instancia fue confirmada en lo sustancial.
Fundamentos:
"Considerando la situación de vulnerabilidad de la señora Bullon, de 89 años, con diagnóstico de demencia, secuelas cerebrovasculares y dependencia total para actividades básicas, el informe interdisciplinario y el certificado de discapacidad acreditan la necesidad de asistencia permanente. La Ley N° 24901, la Ley N° 27360 y la normativa del Ministerio de Salud y Acción Social respaldan la cobertura integral solicitada. La omisión de actualización del Nomenclador desde diciembre de 2024 y la jurisprudencia confirmada permiten limitar la cobertura a los valores del módulo 'Hogar Permanente Categoría A' más un 35% por dependencia, para servicios brindados por prestadores ajenos."
"El sistema de cobertura de asistencia domiciliaria, en caso de elección por parte del beneficiario de prestadores ajenos, se ajusta a los valores del Nomenclador y a la jurisprudencia de esta Sala, que equipara la figura de cuidadoras las 24 horas con el módulo 'Hogar Permanente Categoría A' más un 35% por dependencia."
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