ARROBBIO, NELLY ESTHER c/ AMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.SE.S.) s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia que ordenó el recálculo y reajuste del haber previsional de la actora, rechazando los agravios de la demandada y ratificando la aplicación del precedente “Elliff” y la jurisprudencia sobre la aplicación del índice de salarios y las leyes de movilidad previsional.
La actora, Nelly Esther Arrobio, demanda a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) solicitando el recálculo y reajuste de su haber previsional, con carácter retroactivo desde la fecha de adquisición del derecho (28/11/2012). La sentencia de primera instancia, dictada por el juez federal de Río Cuarto, admitió la acción y ordenó su cumplimiento, aplicando el criterio jurisprudencial establecido en el fallo “Elliff” y la normativa vigente, incluyendo la Ley 26.417 y las pautas de la Ley 27.260. La Cámara confirma la decisión, señalando que la jurisprudencia reiterada y la doctrina del Tribunal Supremo de Justicia sostienen la aplicación del índice del I.S.B.I.C. y la normativa de movilidad en las fechas correspondientes, y que no procede la exención del Impuesto a las Ganancias respecto de las diferencias retroactivas. La Cámara también confirma la imposición de costas a la parte demandada, en línea con la declaración de inconstitucionalidad del artículo 21 de la Ley 24.463. Fundamenta la decisión en la jurisprudencia consolidada y en la autoridad del fallo “Elliff” para determinar la movilidad previsional, así como en la normativa vigente en materia de retención del Impuesto a las Ganancias. La sentencia resulta, además, coherente con la política jurisprudencial de mantener la igualdad en el tratamiento de las cuestiones previsionales y en la imposición de costas.
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