LEGNINI, MARIA ALEJANDRA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Bahía Blanca resolvió modificar parcialmente la sentencia de primera instancia, rechazando el pedido de redeterminación del haber inicial, diferir el reajuste de la PBU a la liquidación, y declarando la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 desde 2022, ordenando la actualización en base a fórmula combinada de IPC y RIPTE hasta marzo de 2024.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora María Alejandra Legnini demanda reajustes en su beneficio previsional.
- La demandada, ANSES, apeló por diferimiento del tratamiento del reajuste y cuestionamientos sobre leyes de movilidad.
- La sentencia de primera instancia rechazó parcialmente la demanda, en particular la redeterminación del haber inicial y el reajuste por movilidad, diferido a la liquidación.
- La Cámara confirmó la constitucionalidad del sistema de movilidad, reconoció la pérdida del poder adquisitivo y declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 desde 2022, ordenando un sistema de actualización trimestral mediante índice combinado IPC-RIPTE hasta marzo de 2024.
- La Cámara remarcó que la legislación fue razonable y conforme a la Constitución, pero que el sistema vigente desde 2022 generó depreciación de los haberes, por lo cual se ordenó la reparación con fórmula alternativa.
- También declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y dispuso costas a la demandada vencida.
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