GARNICA, HECTOR OSCAR c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la resolución de primera instancia en relación con la actualización del monto de condena y los intereses, sosteniendo la aplicabilidad del índice RIPTE derivado del decreto 669/2019, y confirmó las costas y regulación de honorarios en su instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte demandada interpuso recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, específicamente en relación a la actualización monetaria y los honorarios.
- La Cámara analizó la normativa aplicable, destacando que la ley 27.348 y el decreto 669/2019 establecen un régimen específico de intereses y actualización que desplaza las disposiciones generales del Fuero del Trabajo.
- La Cámara concluyó que el decreto 669/2019, aunque cuestionado constitucionalmente, ha adquirido carácter de norma de integración del sistema y debe aplicarse en los términos allí previstos, específicamente en los casos de siniestros laborales con hechos generadores posteriores a su entrada en vigencia.
- La Sala modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a la forma de calcular los intereses, estableciendo que estos se computarán desde la ocurrencia del hecho generador hasta la liquidación, según la tasa RIPTE, y solo en caso de mora, con tasa activa.
- Además, se dejó sin efecto la regulación de honorarios en primera instancia y se diferirá su liquidación hasta la etapa final del proceso.
- Se confirmó la imposición de costas en el orden causado y la regulación de honorarios en un 30% de lo que corresponda a la instancia anterior.
- La decisión se fundamenta en que la normativa del decreto 669/2019, aunque cuestionada constitucionalmente, se considera como una norma de integración que mejora la precisión en el cálculo de las prestaciones, y su aplicación resulta adecuada en el marco del sistema de riesgos del trabajo.
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