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ZANOTTI, JORGE ALBERTO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de grado en la que se estableció la incapacidad laboral y se reguló la indemnización, tras analizar la relación causal entre el accidente y las secuelas psíquicas, y ajustar los intereses y honorarios según los parámetros de la ley.

Intereses Honorarios Incapacidad Accidente laboral Ley de riesgos del trabajo Valoracion pericial Secuelas fisicas Camara de apelaciones Secuelas psiquicas Confirmacion.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora demanda por accidente laboral ocurrido el 5 de septiembre de 2018, en el que sufrió una torsión en la rodilla derecha mientras realizaba tareas para la empresa Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado.
- El tribunal confirmó la evaluación pericial que determinó una incapacidad del 20,75%, desestimando la incapacidad psíquica por carecer de nexo causal suficiente, considerando que el daño psicológico no se encontraba suficientemente acreditado como derivado directo del accidente físico.
- En relación a los intereses, el tribunal dispuso que hasta el 31 de diciembre de 2023 se apliquen los intereses del CER, y a partir de esa fecha, se utilice la tasa activa del Banco Nación, ajustando por la inflación y considerando la evolución económica.
- Se regulan honorarios en las sumas correspondientes y se imponen las costas en el orden causado.
- La sentencia en primera instancia fue confirmada en todos sus términos, manteniendo la valoración de la incapacidad y los montos indemnizatorios.

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