ZANOTTI, JORGE ALBERTO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de grado en la que se estableció la incapacidad laboral y se reguló la indemnización, tras analizar la relación causal entre el accidente y las secuelas psíquicas, y ajustar los intereses y honorarios según los parámetros de la ley.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora demanda por accidente laboral ocurrido el 5 de septiembre de 2018, en el que sufrió una torsión en la rodilla derecha mientras realizaba tareas para la empresa Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado.
- El tribunal confirmó la evaluación pericial que determinó una incapacidad del 20,75%, desestimando la incapacidad psíquica por carecer de nexo causal suficiente, considerando que el daño psicológico no se encontraba suficientemente acreditado como derivado directo del accidente físico.
- En relación a los intereses, el tribunal dispuso que hasta el 31 de diciembre de 2023 se apliquen los intereses del CER, y a partir de esa fecha, se utilice la tasa activa del Banco Nación, ajustando por la inflación y considerando la evolución económica.
- Se regulan honorarios en las sumas correspondientes y se imponen las costas en el orden causado.
- La sentencia en primera instancia fue confirmada en todos sus términos, manteniendo la valoración de la incapacidad y los montos indemnizatorios.
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