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ASOCIACION ARGENTINA DE PRODUCTORES DE CINE Y ME c/ EN - DTO 662/24 s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirma la inadmisibilidad del recurso extraordinario federal interpuesto contra la sentencia que rechazó la excepción de falta de legitimación activa, resaltando que la impugnación se basa en cuestiones de derecho procesal ajenas a la instancia federal y que no se acreditó un supuesto de gravedad institucional.

Arbitrariedad Recurso extraordinario federal Inadmisibilidad Gravedad institucional Derecho procesal Decision judicial Camara contencioso administrativo Excepcion de falta de legitimacion activa Ley 16.986 Fallos: 334:852 339:1308


¿Quién es el actor?

Asociación Argentina de Productores de Cine

¿A quién se demanda?

En virtud del Decreto 662/24, en amparo por ley 16.986

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario federal contra la confirmación de la exclusión de la legitimación activa

¿Qué se resolvió?

Se declaró inadmisible el recurso extraordinario federal

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sala analizó que la impugnación remitía a temas de derecho procesal, que son propios de la causa y no de la instancia extraordinaria, citando fallos como Fallos: 334:852 y 339:1308. Además, destacó que la Corte Suprema limita la revisión por vía extraordinaria a casos de arbitrariedad grosera o ausencia de fundamento normativo, que en la causa no estaban acreditados. Finalmente, sostuvo que no se demostró un supuesto de gravedad institucional, por lo que el recurso fue declarado inadmisible con costas.

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