CIRCULO MEDICO DE TANDIL (TF 50206845-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara confirmó la sentencia que desestimó el recurso del organismo fiscal contra la exención del IVA del Círculo Médico de Tandil, fundamentando que los ingresos del ente están vinculados directamente con sus fines sociales y cumplen con los requisitos normativos para la exención.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora demanda la exención del IVA respecto de los ingresos por gestión de cobro de honorarios de sus asociados. La Cámara, tras analizar el estatuto y los estados contables, concluyó que los ingresos se vinculan directamente con los fines sociales, por lo que están exentos, revocando la resolución fiscal que los consideraba gravados. La disidencia argumentaba que no se acreditó dicha relación, pero fue desestimada. Se fundamentó que la interpretación de la ley debe ser estricta y que los ingresos son necesarios para cumplir los fines estatutarios. La sentencia destaca que la prueba contable demuestra que los recursos son utilizados para los objetivos sociales y que la interpretación del fisco fue errónea al invertir la carga de la prueba.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: