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PACHECO ALBERTO RENE c/ EN-EMGE-DI-DTO 1782/06 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo confirmó la regulación de honorarios en favor del letrado Pedro Miguel Albarracín por tareas relacionadas con la ejecución de sentencia en proceso administrativo. La decisión consideró la complejidad, responsabilidad y extensión de la labor, elevando los honorarios a 74.376 pesos, en línea con la jurisprudencia y los parámetros de la ley 27.423.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal analiza la regulación de honorarios en un proceso judicial en el que el abogado Pedro Miguel Albarracín actuó en tareas de ejecución de sentencia. La parte demandada cuestionó la cuantía, pero la Cámara entendió que la misma resulta adecuada y proporcional a la labor profesional realizada, teniendo en cuenta la complejidad y el valor del asunto. La Cámara modificó la regulación de honorarios de fecha 31/03/2025, elevándola a 74.376 pesos, y dispuso que el IVA se adicionará en caso de que el profesional sea responsable inscripto. La decisión se fundamenta en las pautas jurisprudenciales, incluyendo la sentencia del 4/09/2018 de la Corte Suprema, y en los criterios de proporcionalidad y mérito de la tarea profesional. La Cámara también refirió que las regulaciones deben ajustarse a los parámetros del mérito, la naturaleza y la importancia de la labor, y que la valoración del valor del juicio no es la única base para regular honorarios.

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