MARTINEZ JOSE c/ EN-M§ DEFENSA-ARMADA-DTO 1053/08 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó los honorarios a profesionales en causa judicial, considerando la complejidad, responsabilidad y monto involucrado, y ajustó la suma a 37.188 pesos, resaltando la importancia de una evaluación adecuada más allá de porcentajes automáticos.
¿Quién es el actor?
No especificado en el extracto, pero refiere a la resolución de honorarios en un proceso judicial.
¿A quién se demanda?
No se demanda a una parte concreta, sino que se regula la percepción de honorarios profesionales.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La regulación y confirmación de los honorarios profesionales devengados en el proceso judicial.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó los honorarios establecidos en fechas previas, elevando la suma a 37.188 pesos y aclarando que el cálculo debe ajustarse a la naturaleza del trabajo, la responsabilidad y los montos en juego.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala destaca que la regulación de honorarios debe responder a la magnitud del trabajo, responsabilidad asumida, complejidad de intereses económicos y contribución a la resolución del pleito, en línea con lo indicado por la Corte Suprema (Fallos: 270:388; 296:124). Además, subraya que no es recomendable aplicar porcentajes automáticos sin evaluar la tarea específica, y que el valor del juicio no es la única base para la regulación, sino que debe ajustarse a la importancia del trabajo y la resolución obtenida. Se confirma el monto de honorarios fijados en 05/12/2023 y se elevan a 37.188 pesos, incluyendo la correcta incorporación del IVA para profesionales responsables inscriptos.
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