GUIDO COMERCIAL c/ FIRST DATA CONO SUR S.R.L. s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por contracargos ilegítimos efectuados por la empresa de pagos. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la condena a la demandada por la restitución de los montos debitados, pero rechazó el reclamo de daño moral.
Que Fiserv abone la suma de $3.832.008 correspondiente a contracargos efectuados en el marco del contrato que las vinculó, que califica de ilegítimos, con más los daños y perjuicios derivados.
¿Qué se resolvió?
- Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó a Fiserv a restituir $692.340 correspondientes a los contracargos efectuados.
- Se declararon nulas las cláusulas 11.3, 31.3 y 37 del Reglamento de Comerciantes por resultar abusivas al trasladar en forma exclusiva al comercio el riesgo de la operatoria.
- Se rechazó el reclamo de daño moral por tratarse de una persona jurídica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Fiserv no logró acreditar la existencia y resultado de la supuesta investigación que habría dado origen a los contracargos, ni que el accionar de Guido Comercial hubiese sido negligente.
- Las cláusulas que autorizaban los contracargos en forma automática ante el desconocimiento del tarjetahabiente desnaturalizan las obligaciones del predisponente y resultan abusivas.
- Las personas jurídicas no son sujetos pasivos de daño moral, salvo que se acredite un perjuicio concreto a su buen nombre comercial.
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