CAMARDELLI, PATRICIO c/ ORGANIZACION MEDICA S.A. Y OTROS s/DESPIDO
El actor demandó por despido y diferencias salariales. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ajustó la tasa de interés aplicable.
Despido y diferencias salariales
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el despido pero modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ajustando la tasa de interés. La Cámara consideró que el despido invocado por la demandada bajo el art. 244 de la LCT no se ajustaba a derecho, ya que el actor había efectuado una retención de tareas por incumplimientos de la empleadora, lo que implicaba una voluntad de mantener el vínculo y no de abandonarlo. Respecto a las diferencias salariales reclamadas, la Cámara sostuvo que el a quo había valorado correctamente los correos electrónicos aportados, más allá de las declaraciones testimoniales. En cuanto a la tasa de interés, si bien inicialmente propuso mantener el CER, luego consideró prudente aplicar dicha tasa hasta el 31/12/2023 y desde el 01/01/2024 la tasa activa efectiva anual vencida del Banco Nación, ante la mejora de los índices inflacionarios.
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