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OSPIP c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL MINISTERIO DE SALUD Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

La obra social interpuso acción de amparo para que el Estado cubra el costo de una medicación de alto precio. La Cámara Federal confirmó el rechazo de la vía de amparo por considerar que existen otros medios procesales más apropiados.

Obra social Derecho a la salud Amparo Medicacion de alto costo Cobertura estatal Accion patrimonial


¿Quién es el actor?

Obra Social del Personal de la Industria del Plástico (O.S.P.I.P)

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional -Ministerio de Salud de la Nación
- y Superintendencia de Servicios de Salud

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que el Estado brinde la cobertura de la medicación Trastuzumab Deruxtecan 100 mg. vial x 1 requerida por una afiliada con diagnóstico de cáncer de mama.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal rechazó el recurso de apelación y confirmó el rechazo in limine de la acción de amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El amparo no es la vía apropiada para dilucidar cuestiones patrimoniales, como liberar a la obra social de una carga económica que considera injusta.
- No se advierte una urgencia tal que amerite la vía de amparo, dado que la obra social ya venía cubriendo la medicación.
- Existen otros medios procesales más idóneos para acceder a la pretensión.

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