A. Y. O A. Y. B. Y L. T. A. S/ RECURSO DE QUEJA INTERPUESTO POR FISCAL
La Cámara de Casación Penal rechazó la queja del fiscal contra la inadmisibilidad del recurso de casación contra una resolución que confirmó la no conversión en secuestro de teléfonos celulares. La Sala concluyó que la resolución no es un auto revocatorio ni una sentencia definitiva, por lo que el recurso no es procedente y debe ser rechazado.
El fiscal del Departamento Judicial San Isidro, Dr. Cosme Iribarren, interpuso recurso de casación contra una resolución de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro que confirmó un auto del Juzgado de Garantías Nro. 7 de no hacer lugar a la conversión en secuestro de teléfonos celulares y ordenar su restitución. La Cámara de Casación rechazó la admisibilidad del recurso de casación, argumentando que la resolución impugnada no es una sentencia definitiva ni un auto revocatorio, sino una resolución interlocutoria que no termina ni imposibilita la continuidad del proceso. El tribunal citó la normativa del Código Procesal Penal y doctrina jurisprudencial, señalando que los recursos de casación solo proceden en casos específicos, como sentencias definitivas o autos revocatorios de primera instancia. Además, destacó que la resolución en cuestión no produce un daño irreparable ni termina el proceso, por lo que no es susceptible de revisión por casación. La Sala declaró la inadmisibilidad del recurso, confirmando la decisión de primera instancia.
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