G. T. S. R. S/ RECURSO DE CASACION INTERPUESTO POR FISCAL
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el fiscal contra la resolución que no hizo lugar a la unificación de penas en un proceso penal. La decisión se fundamenta en que el recurso fue presentado en una instancia no habilitada para revisión directa y que la resolución impugnada es un auto interlocutorio no definitivo, susceptible de impugnación por vía recursiva intradepartamental.
El Fiscal interpuso recurso de casación contra una resolución del Tribunal en lo Criminal Nº 5 de San Isidro que rechazó una petición de unificación de penas en un proceso penal. La Cámara analizó si dicho recurso era admisible y concluyó que no lo era, dado que la resolución impugnada no tiene carácter de sentencia definitiva, sino que es un auto interlocutorio que no puso fin a la instancia. La sentencia señala: "La decisión que no hizo lugar al pedido de unificación formulado por la Fiscalía, no es una sentencia en los términos del artículo 105 CPP y no cuenta con la nota de definitividad en tanto no pone fin a la cuestión ni hace imposible su continuación pues resulta reeditable, por lo que su cauce impugnativo se encuentra regulado por el segundo párrafo del artículo 450 CPP." El voto mayoritario considera que la causa no transitó por la instancia previa habilitada, por lo que el recurso fue declarado inadmisible sin costas.
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