DOMINGUEZ EUGENIA FABIA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL (IPS) S/ AMPARO
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo rechazó la apelación de la Fiscalía y confirmó la sentencia que ordenó al IPS realizar retenciones solo sobre el sueldo básico en el cálculo del impuesto a las ganancias, considerando normas y doctrina de la Suprema Corte provincial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora Eugenia Fabia Domínguez promovió amparo contra el IPS para que solo se considere el sueldo básico en las detracciones por impuesto a las ganancias.
- La sentencia de primera instancia admitió esa pretensión, ordenando a la demandada a efectuar las retenciones sobre dicho concepto y reguló costas y honorarios.
- La apelación de la Fiscalía sostiene que la ley 27.725 modificó el mínimo no imponible, por lo que la pretensión habría perdido virtualidad, solicitando la declaración de extinción de la controversia.
- La Cámara considera que ese argumento no se ajusta al objeto del proceso, que busca la aplicación de las resoluciones de la Suprema Corte y la normativa vigente sobre la base imponible para la retención del impuesto a las ganancias.
- Además, evalúa que la modificación del mínimo no imponible no afecta la materia de fondo, que es la interpretación de las resoluciones provinciales y su alcance respecto de jubilados y agentes en situación de pasividad.
- La Cámara también rechaza que la conducta del Estado afecte derechos constitucionales, como la progresividad del impuesto y la garantía de seguridad social, y sostiene que las resoluciones de la SCBA son de cumplimiento obligatorio.
- Finalmente, se concluye que no existe error de juzgamiento y que el recurso de apelación debe ser rechazado, confirmando la sentencia en todos sus términos, con costas a la parte recurrente.
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