ORTIZ MARCELO OSVALDO C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AMPARO POR MORA
La Cámara de La Plata confirmó la inadmisibilidad del recurso de apelación en el proceso de amparo por mora, considerando que la resolución administrativa fue dictada antes de la sentencia y que la cuestión es abstracta.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Marcelo Osvaldo Ortiz, promovió recurso de apelación contra la sentencia que declaró abstracta la cuestión litigiosa en un amparo por mora, solicitando que se hiciera lugar a su acción y se condenara al Ministerio de Seguridad a resolver su expediente administrativo. La primera instancia dictó sentencia en la que se declaró la cuestión abstracta, considerando que la resolución administrativa había sido dictada con anterioridad y respondía al reclamo del actor, por lo que el proceso carecía de objeto. La Cámara de La Plata, por mayoría, rechazó el recurso de apelación, confirmando la decisión de primera instancia. Argumentaron que la resolución administrativa fue dictada antes de la sentencia y que el litigio quedó resuelto por la respuesta administrativa, por lo que el proceso devino en abstracto. Además, se distribuyeron las costas en el orden causado, sin condena en costas por la parte vencida. Los votos disidentes consideraron que el recurso era admisible y que debía analizarse la pertinencia de la apelación, pero en última instancia, la mayoría prevaleció. La resolución destaca que el amparo por mora tiene como finalidad remediar la omisión en el procedimiento administrativo y que, en este caso, la respuesta administrativa fue oportuna, por lo que no procedía la continuación del proceso.
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