D. A. N. C/ C. M. C. Y OTROS S/ CANCELACION DE HIPOTECA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Martín revoca la resolución de primera instancia y ordena que se dicte un nuevo pronunciamiento en la instancia de grado, considerando la prematuriedad de la resolución apelada y la necesidad de que el juez de primera instancia se expida conforme a la pretensión del actor y el allanamiento de las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, D. A. N. C., interpuso recurso de apelación contra la resolución del 17/3/2025 que ordenó la cancelación de la hipoteca y la conformidad de los herederos de E. D. H. en autos relacionados con la ejecución hipotecaria y la prescripción de créditos. El recurrente cuestiona que la orden de conformidad se haya establecido en un expediente diferente, en el cual la ejecución fue limitada a la acreedora E. D. H., y argumenta que las demás acreedoras no tienen injerencia en dicho expediente. Además, solicita que, ante el allanamiento de los otros acreedores, se declare prescripto el crédito correspondiente a J. C. y se ordene la cancelación registral de la hipoteca. El tribunal analiza que la resolución apelada fue prematura, ya que las actuaciones en trámite ante otras jurisdicciones y expedientes sucesorios no permiten concluir sobre la cancelación definitiva. Se destaca que la prescripción liberatoria y la cancelación de la hipoteca requieren un pronunciamiento judicial que asegure la validez y la viabilidad del reclamo, conforme a las normas del Código Civil y Comercial de la Nación. La Cámara revoca la resolución de primera instancia y ordena que el juez de grado se pronuncie nuevamente, siguiendo el marco legal y las circunstancias probatorias, con la finalidad de evitar decisiones prematuras que puedan afectar derechos de las partes.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: