P. A. E. Y OTRO/A C/ O. N. S. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que rechazó la demanda por daños derivados de un accidente de tránsito, argumentando que no se acreditó la participación del conductorde la parte demandada, ni su condición de guardián del vehículo, manteniendo la responsabilidad limitada a quien conducía efectivamente el automotor al momento del siniestro.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por P. A. y G. P. contra N. O. y Zurich Aseguradora, reclamando daños y perjuicios por un accidente ocurrido el 15/12/2021. La sentencia de grado rechazó la acción debido a la falta de prueba de que la Sra. O. fuera conductora en el momento del siniestro ni que ostentara la guarda del vehículo. Los actores argumentaron que la aseguradora reconoció que la póliza se emitió a nombre de la Sra. O. y que ella era la titular, por lo que debería responder solidariamente. La aseguradora, en cambio, afirmó que la conductora del vehículo era el Sr. A. C., y que la Sra. O. no tenía control efectivo del automotor. El tribunal sostuvo que la responsabilidad objetiva requiere demostrar la existencia de la guarda o control efectivo del vehículo por parte de la parte demandada, lo cual no fue acreditado. La sola contratación del seguro no implica la guarda del bien, y la identificación del conductor en el momento del hecho es imprescindible para atribuir responsabilidad. Asimismo, el reconocimiento por parte de la aseguradora de que el conductor era el Sr. A. C. y la falta de acciones contra él, impidieron establecer la relación causal necesaria. La carga de probar la titularidad y la guarda recayó en los actores, quienes no aportaron prueba suficiente para ello. El tribunal concluyó que la sentencia de grado, que rechazó la demanda por la falta de prueba de responsabilidad de la demandada, resultó ajustada a derecho y, por ello, se confirmó.
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