BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO C/ MANSILLA FRANCO S/ COBRO EJECUTIVO
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 en un proceso ejecutivo por cobro de pagaré, sosteniendo que la doctrina del precedente Barrios no resulta aplicable a este caso, y reiterando que la normativa no viola derechos constitucionales. La decisión se fundamenta en que la causa es de naturaleza ejecutiva y no de daños y perjuicios, y en que la declaración de inconstitucionalidad es una medida extrema que requiere circunstancias específicas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, un banco, demanda el cobro de un pagaré librado por la parte ejecutada, reclamando la suma de $15.091,19 con intereses y punitorios, y solicitando la actualización del capital ante la inflación. La sentencia de primera instancia rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, argumentando que la jurisprudencia del precedente "Barrios" no resulta aplicable a un proceso ejecutivo por cobro de pagaré, dado que ese fallo fue dictado en un proceso de daños y perjuicios por accidente de tránsito y no en un proceso de ejecución. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia, destacando que la doctrina legal de "Barrios" no es de aplicación a casos como el presente, y advirtiendo que la declaración de inconstitucionalidad de una norma requiere un análisis profundo de las circunstancias particulares del caso. Además, reiteró que la actualización del capital en un proceso ejecutivo por préstamo bancario no implica una violación del orden público ni una confiscación encubierta, sino que responde a la necesidad de reflejar la pérdida del poder adquisitivo ante la inflación. La decisión se fundamenta en la importancia de mantener la coherencia jurisprudencial y en que la declaración de inconstitucionalidad es una medida excepcional.
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