LEZCANO DANIEL ALBERTO Y OTRA C/ MARCUCCI PABLO JAVIER Y OTRA S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar a ambas demandas por daños y perjuicios en procesos acumulados, validando la valoración del incumplimiento y la mora en virtud de los vicios en el inmueble, y ratificó la imposición de costas en el orden causado.
- Quién demanda: Daniel Alberto Lezcano (en la causa "Lezcano")
¿A quién se demanda?
Pablo Javier Marcucci y Espinosa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por incumplimiento contractual y vicios del inmueble.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a las demandas, con fundamentación en que, en el nuevo contexto económico, la restricción para adquirir moneda extranjera dejó de existir, y que la suspensión del pago por parte de los adquirentes fue razonable frente a los vicios del inmueble y la imposibilidad de cumplir en ese contexto. Asimismo, se rechazaron los agravios por la imposición de costas, confirmando la decisión de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El abordaje de los agravios, en líneas generales, satisfacen las exigencias del art. 260 del CPCC. La problemática de la mora ha sido correctamente aplicada, en coherencia con el art. 510 del Código Civil, que establece que en obligaciones recíprocas, si una parte incumple, la otra puede suspender el cumplimiento. La sentencia de primera instancia es coherente con la normativa vigente y la jurisprudencia, especialmente en el contexto del derecho del consumo (art. 42 Const. Nac, ley 24.240). La imposición de costas en el orden causado resulta ajustada, dado que los demandados no resistieron la pretensión y actuaron razonablemente frente a la situación del inmueble viciado." "Por ello, la sentencia apelada debe ser confirmada en todos sus términos." "Costas de Alzada en el orden causado."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: